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lunes, noviembre 06, 2006

Trámites

En esta sección iré agregando toda la información sobre trámites que vaya conociendo. Espero que esto le sirva de ayuda a alguien.

Con doble ciudadanía española


Trámites necesarios para el inmigrante con doble ciudadanía española
(mi caso)

1. Comprar el billete de avión y viajar, claro. No parece ser necesario el seguro médico en este caso, ya que tienes derecho a la seguridad social española. Algunas agencias de viajes pueden intentar vendértelo, sea porque no conocen las normas, porque no quieren asumir responsabilidades, o porque quieren vender algo basándose en el temor de la gente a ser rechazada en el destino.

2. Una vez en España, anotar la dirección completa y código postal de algún conocido, o del lugar en el que estamos viviendo (siempre y cuando no sea un hostal). Los códigos postales pueden consultarse en muchos sitios, la forma más sencilla es entrar a Google Maps y escribir "Nro calle calle, ciudad, Spain": "23 Carrer de Algo, Barcelona, Spain".

3. Ir inmediatamente a la Seguridad Social. Que yo recuerde no piden foto, aunque sí una fotocopia del pasaporte y que rellenemos un formulario. Habrá que indicar la dirección del paso 2, aunque no enviarán nunca ninguna documentación allí, puede en principio ser cualquiera. El trámite demora menos de cinco minutos, y aunque hay varios lugares para hacerlo, yo fui a Argentera 23. Sin prometer nada, creo que la lista de lugares está aquí, en Tesorería General de la Seguridad Social, Administraciones y Unidades de Recaudación Ejecutiva. Cierran a las 14 horas.

4. Para conseguir el DNI es necesaria una partida de nacimiento emitida hace menos de 90 días. El Consulado Argentino al parecer las hace, aunque dudo que sean válidas y además cuestan 60 euros (y vaya uno a saber cuánto tardan en dártela). Es mejor pedir una partida española, que es gratis y te la envían a domicilio. Se obtiene así: cuando obtuviste la doble ciudadanía te habrán dado un número de folio y tomo donde fue asentado tu nacimiento. Si has hecho a toda prisa las maletas y tu madre no encuentra esos datos, debes llamar al +54(11)4814-9100 (antes 4811-0070), que es el Consulado General de España en Buenos Aires (debes llamar allí aunque lo hayas tramitado en otra ciudad de Argentina). Existe la opción de pedirlo por fax o a través de una página web espantosa y desactualizada, pero estoy seguro de que no recibirás respuesta. En el Consulado te recibirá un contestador que te ofrecerá varias opciones, de las cuales deberás elegir el Registro Civil, donde (aunque algunos de ellos no lo saben) tienen esos datos. Anótalos.

5. Con el número de tomo y folio ("página") ingresa a http://www.mju.es, haz click en Trámites Personales, Certificado de nacimiento (en Persona y Familia), luego busca un ícono con un ordenador en la parte derecha (descrito como "On line"), haz click en "Continuar", elige Certificado del Registro Civil Central y completa el formulario. Obviamente, como llegará por correo, tienes que poner una dirección válida. Se supone que lo tendrás en 15 días. Vale aclarar que algunos casos son más complicados, sobre todo si conseguiste la doble ciudadanía antes del 97, porque, según me han comentado en el Registro Civil de Barcelona, parece que en Madrid hay un caos con esos registros viejos.

6. Mientras esperas la Partida Literal del Nacimiento, puedes irte empadronando. Para eso necesitas tener un alquiler a tu nombre, o que la persona que te alquila una habitación complete un formulario y adjunte una fotocopia de su DNI. Es posible que tengas que pedirle un favor a algún catalán conocido, ya que en muchos casos el que te alquila habitación lo hace ilegalmente y puede no tener derecho a hacerlo (o no tener ganas de firmar algo que lo pueda perjudicar legalmente). El formulario se consigue en cualquier Sede de Distrito del Ayuntamiento (la dirección de los de Barcelona está aquí, más instrucciones aquí), aunque me imagino que se puede encontrar en Internet. Con este formulario firmado por el propietario y una fotocopia de su DNI tienes que ir de nuevo a la Sede del Distrito y en menos de cinco minutos deberías estar empadronado. Con el empadronamiento ya tienes derecho a la Tarjeta Sanitaria, que tiene algunos beneficios, como una atención prioritaria en el centro de salud de tu barrio, o poder reservar turnos por Internet. Esto también te permite votar en las elecciones municipales y parlamentarias del lugar donde vives.

7. Con el empadronamiento y la partida literal de nacimiento ya tienes lo necesario para tramitar el D.N.I. (también te pedirán fotos). Hay varios centros (de hecho, son comisarías) en Barcelona, la mayoría atienden sólo por la mañana, pero siempre hay uno que también atiende por la tarde. En este momento es el de Balmes 192, que está saturado y por eso reparten 2000 números a la mañana y otros tantos a la tarde (a partir de las 16 horas). Pero si tienes tiempo libre, o quieres utilizar alguno de los días libres que te corresponden por ley en el trabajo para hacer trámites, lo más rápido es ir a alguna otra comisaría en la que haya menos gente (probablemente en la del barrio de L´Hospitalet: Rbla. de Just Oliveras 43). Creo que cualquiera de estas Comisarías de España sirve, aunque no prometo nada.

8. Con el DNI supuestamente puedes cambiar tu licencia de conducir argentina por una española (y así ahorrarte unos 1000 euros y considerable tiempo y esfuerzo), pero a ese punto todavía no he llegado...

Ver todos los trámites.

Con ciudadanía europea pero no española


Trámites necesarios para el inmigrante con doble ciudadanía europea, pero no española

1. Realizar los pasos 1 a 3 de los trámites para el inmigrante con ciudadanía española. Como europeo, tienes derecho a la Seguridad Social española, así que eso es lo primero que debes conseguir.

2. Ir a una Comisaría de España y tramitar el NIE (Número de Identificación de Extranjero). En principio, ningún europeo comunitario tiene derecho a trabajar en España sin N.I.E., así que lo mejor es que vayas lo antes posible con este formulario y cumpliendo estos requisitos. Las comisarías en Barcelona suelen estar bastante saturadas, en especial cuando comienza el verano, así que lo mejor es prepararse para una espera de alrededor de una hora para realizar el trámite. Luego hay que esperar de 25 a 40 días para recibir este número, período en el cual te será más difícil conseguir empleo. La mayor parte de los empleadores parece desconocer cómo es la cosa, así que para contratarte te pedirán D.N.I. (que creo que no puedes conseguir si no eres español) o N.I.E. Si tuvieras doble ciudadanía española, con mostrar tu pasaporte y decir que estás haciendo los trámites debería ser suficiente. Pero con otra doble ciudadanía (por ejemplo, italiana), probablemente no sea tan fácil y tengas que esperar un mes para empezar a trabajar como legal.

3. Tramitar el D.N.I. de tu segundo país (Italia, Francia, el que sea). No tengo idea de cómo se hace, y creo que tampoco te será de mucha utilidad en España.


Requisitos para el trabajo legal

1. Debes traer a España un currículum en formato electrónico, ya que (al menos en Barcelona) se suelen enviar por correo (salvo que quieras caminar por la calle e irlos entregando: la cantidad de tiendas buscando empleados es simplemente impresionante).

2. Si te contratan, te pedirán el número de Seguridad Social y el DNI o NIE. Si eres ciudadano español, deberían conformarse con el pasaporte y la promesa de que les darás el número de DNI o NIE en cuanto puedas (casi nadie sabe que el NIE no te lo darán por ser español). También te pedirán un número de cuenta, ya que, aunque pueden pagarte con cheque, es más sencillo para las administrativas hacer una transferencia bancaria.

3. Obtener una cuenta con DNI español o NIE es muy sencillo, y generalmente las Caixas son una buena opción, ya que sus comisiones son muy bajas o nulas. Para prestaciones más avanzadas, como una tarjeta de crédito internacional o transferencias bancarias más baratas, creo que es mejor una cuenta de banco. Si no tienes DNI español o NIE tienes un problema. Las Caixas no te abrirán una cuenta (en especial si dices que pronto tendrás NIE: no quieren hacer tanto trabajo por una cuenta que dejará de existir en un mes), o te dirán puedes abrirlas con el pasaporte argentino, pero en ese caso el Estado te quitará el 15% de tu sueldo debido a que se supone que estás tributando a tu país de origen. Yo tuve más suerte con el Banco de Santander, que no me planteó ningún problema. La abrieron con el pasaporte argentino, aunque usar el español hubiera sido una mejor opción, ya que después de tres meses me cobraron 15 euros en concepto de gastos por ser extranjero. Los bancos te cobran unas comisiones de alrededor de 50 euros anuales, pero normalmente te las reducen si domicilias tu nómina (es decir, si haces que tu sueldo se deposite siempre en ese banco). El Banco de Santander te da una tarjeta de débito gratis y una tarjeta de crédito por 24 euros (con un margen de 600 ó 1200 euros, el primer mes según quién te atienda y a partir del segundo según tu historial).

4. Recuerda que si vas a renunciar, incluso si tienes un contrato temporal, debes avisarle a la empresa con al menos 15 días de anticipación, o te los podrán descontar. Si logras que te despidan, te corresponden 4 meses de paro por año trabajado, y el monto que te pagarán se basará en tu sueldo, aunque hay un límite máximo que creo que está en los 1200 euros.


Ver todos los trámites.

Obtener nacionalidad por residencia

Nacionalidad por residencia

Si no eres hijo (o nieto menor de edad) de españoles, puedes obtener la nacionalidad española por residencia. Aquí incluyo alguna información que he encontrado en Internet.

Para pedir la nacionalidad por residencia previsiblemente tienes que estar llevar viviendo en España un tiempo. No me queda muy claro si con "residencia regular" implican que debes tener papeles o si puedes estar aquí como ilegal (si alguien sabe la respuesta, por favor agregue un comentario).

Para solicitar la nacionalidad por residencia, tienes que encuadrarte en una de estas opciones:

  • Ser nieto de español, mayor de edad. Si fueras menor no necesitarías hacer esto. En todo caso, si esta es tu situación, con un año de residencia regular alcanza para iniciar el trámite.
  • Ser cónyuge de español(a). Con un año también alcanza.
  • Llevar dos o más años de residencia regular y ser latinoamericano.

Documentos necesarios para solicitar la Nacionalidad Española

  • Solicitud cumplimentada (puedes imprimirla de aqui o puedes retirarla en el Registro Civil correspondiente a tu domicilio).
  • Certificado original de empadronamiento. En caso de casados con español/a deberá ser en conjunto.
  • Certificado de nacimiento original, legalizado y, en su caso, traducido. Si esta casado/a, certificado original de matrimonio, legalizado y, en su caso, traducido; y si el cónyuge es español/a, certificado literal de nacimiento del mismo.
  • Certificación de antecedentes penales expedida por el Ministerio de Justicia español.
  • Certificado original expedido por la Policia sobre el tiempo de residencia en España.
  • Certificado original de inscripción consular. (Ver Empadronamiento consular)
  • Certificado origunal de penales (o buena conducta) de su país de origen expedido por el Consulado.
  • Documentos acreditativos de medio de vida: Originales y Copias de contrato de trabajo y tres últimas nóminas. Empleadas de hogar: Originales y copias de contrato de trabajo, vida laboral o tres últimos cupones de cotización a la Seguridad Social y fotocopia de D.N.I. del empleador/a. Autónomos: Originales y copias de Alta, IAE y última declaración de IVA y Renta.
  • Original y copia de la tarjeta de residencia.
  • Original y copia de todas las hojas del pasaporte, inclusive las que esten en blanco.

  • Las partidas de nacimiento y matrimonio extranjeras y penales deberán llevar la Apostilla de la Haya. (Ministerio de Relaciones Exteriores).

    El expediente lo presentará el propio interesado. Los casados deberán concurrir con el cónyuge si éste vive en España, o aportar autorización o poder si vive en el extranjero.

    Todos los documentos caducan a los tres meses de expedidos, excepto las partidas de nacimiento y matrimonio (tanto españolas como extranjeras) o cuando el propio documento indique lo contrario.


    IMPORTANTE:

  • Si eres nieto/a de español/a, podrás solicitar la Nacionalidad Española cuando tengas cumplido un año de residencia legal en España y deberás adjuntar Certificado original de nacimiento de tu abuelo/a y de tu padre o madre, siguiendo la línea sucesoria.
  • Si no lo eres, podrás solicitarla por arraigo, una vez que hayas cumplido los dos años de residencia legal en España.

    Solicitud de Nacionalidad Española - Consulado Español en Buenos Aires

    Convenio de Doble Nacionalidad entre Argentina y España


  • Teléfono de la sede del Servicio de Nacionalidad en Madrid: 91 390 48 39 (se puede obtener también información en los Registros Civiles).

    Nota: aquí claramente faltan las instrucciones sobre qué hacer con esa documentación (adónde presentarse, etc.). Si alguien ha logrado superar todo este procedimiento puede agregar un comentario con esta información para todos aquellos que la necesitan, no he encontrado nada claro en Internet.

    Esta información fue extraída de aquí.

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